CONTRATO DE MEDIACION PARA LA PRESTACION DE SERVICIOS TURISTICOS, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE INNOVADORA TURISTICA MORELOS TRAVEL., AGENCIA OPERADORA REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR ___________________________________________ A QUIEN EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE DOCUMENTO SE LE DENOMINARA “LA OPERADORA” Y POR LA OTRA EL USUARIO-TURISTA, C.____________________________________________________________ QUIEN COMPARECE POR SÍ, EN NOMBRE PROPIO Y COMO PERSONA _______________________________A QUIEN EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE CONTRATO SE LE DENOMINARA “EL CLIENTE”, AL TENOR DE LOS SIGUIENTE DECLARACIONES Y CLAUSULAS:
1.-Declara LA OPERADORA, ser una persona física debidamente constituida conforme a las leyes mexicanas,
2.- Declara LA OPERADORA que se encuentra registrada ante las autoridades Hacendarias con el Registro Federal de Contribuyentes número MALF7004287GA.
3.-Declara LA OPERADORA que su domicilio para oír y recibir notificaciones se encuentra ubicado en SUR 71 s/n, Col Viaducto Piedad, Alcaldía Iztacalco, Ciudad de México CP 08200.
4.- LA OPERADORA declara que no le ha sido revocada ni limitada la personalidad jurídica que ostenta su Representante Legal, misma que acredita con el Registro Nacional de Turismo __________________________________________________________.
5.-Declara LA OPERADORA que su objeto social consiste en: Servir de intermediaria entre turistas y otros prestadores de servicios turísticos a nivel nacional o bien en el extranjero, respecto de prestadores de servicios turísticos entre sí; organizar en todas sus partes o etapas, supervisar, operar y comercializar viajes y excursiones dentro del territorio nacional o en el extranjero; comercialización de servicios, productos o bienes turísticos integrados denominados paquetes turísticos, servicios turísticos o paquetes de viajes, tanto nacionales como extranjeros a través de los canales de distribución de las Agencias Minoristas de Viajes o bien su comercialización a través de la venta directa al público; elaborar; organizar y llevar a cabo proyectos; planes e itinerarios turísticos; a reservar espacios en los medios de transporte aéreos y terrestres; expedir en delegación de transportistas y prestadores de servicios turísticos, a favor de los clientes los boletos, tickets o cupones correspondientes; actuando únicamente como intermediaria entre EL CLIENTE y las personas físicas o morales prestadoras de dichos servicios, y que para tal efecto cuentan con la capacidad económica, técnica y administrativa, así como con los elementos materiales y humanos necesarios para contratar por cuenta de EL CLIENTE y a petición de él mismo el servicio al que se refiere este contrato de adhesión.
6.-Declara EL CLIENTE que tiene capacidad económica y legal suficiente para contratar, así como interés en adquirir los servicios que se especifican en este contrato de adhesión, y que para ello recurre aLA OPERADORA con el fin de que los adquiera por cuenta de él, a efecto de que LA OPERADORA funja como intermediaria entre él y los prestadores directos de dicho servicio.
7.-Continúa declarando EL CLIENTE ser una persona (física o moral) ______________ y que tiene su domicilio en la calle__________ No. __ Colonia_________________ Delegación o Municipio_______________________C.P.________En________________________.
8.-Declaran ambas partes que es su voluntad celebrar el presente contrato de adhesión, y sujetarlo al tenor de las siguientes:
C L A U S U L A S
PRIMERA. - LA OPERADORA se obliga a entregar a EL CLIENTE una copia del presente contrato de adhesión al momento de la contratación respectiva. Por otra parte, y de ser así el caso, se le informará a EL CLIENTE de los medios electrónicos y digitales existentes donde puede ser consultado el contrato de adhesión que rige los servicios materia de este contrato.
SEGUNDA. - Ambas partes convienen en que los recibos de pago, cupones de servicio y /o vouchers de servicios que se expidan con motivo de este contrato de adhesión deberá contener un extracto del mismo en los aspectos relativos al servicio que se refiere el documento en cuestión.
TERCERA. - Ambas partes convienen en que el pago de anticipos o liquidación del importe de los servicios objeto de este contrato por parte de EL CLIENTE, así como el uso del contrato mismo, cupones, boletos, cortesías, o cualquier otro documento expedido en su favor con motivo del mismo, implica de su parte la aceptación total del contrato, así como de las condiciones generales de contratación del mismo.
CUARTA. - Será causa de rescisión del presente contrato el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones plasmadas en el mismo por cualquiera de las partes, por lo que, la parte que incumpla se hará acreedora al pago del 03% (tres por ciento) del costo total del servicio a la otra parte por concepto de pena convencional además de las enunciadas en el presente Contrato de Adhesión para el caso de cancelaciones.
QUINTA.- Cuando se trate de excursiones, servicios o paquetes de viaje que tengan destino en el extranjero, dada su naturaleza por ser servicios que se harán uso, goce o disfrute de ellos fuera de México, las publicaciones, los precios de las cotizaciones, confirmaciones, precios totales se presentarán en moneda extranjera, haciendo mención de que el precio de venta será el resultado de la conversión de la moneda extranjera a moneda nacional y podrán ser pagados en Pesos MXN (Moneda Nacional) al tipo de cambio que rija en el lugar y fecha en que se haga el pago único o bien en cada una de las fechas en que se realicen pagos parciales. Este tipo de cambio se determinará conforme a las disposiciones que para esos efectos expida el Banco de México en los términos de su Ley Orgánica y conforme a lo dispuesto en el Artículo 8º de la Ley monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, sirviendo para todos los efectos consiguientes de anticipos, liquidación incluso reembolsos, bonificaciones, compensaciones, penalizaciones o cancelaciones. Del mismo modo, las obligaciones de pago en moneda extranjera contraídas dentro de la República Mexicana para ser cumplidas en ésta, se deben solventar en Moneda Nacional al tipo de cambio que rija al momento de efectuarse el pago, o en la moneda extranjera a elección de ambas partes, lo anterior con fundamento en los apartados 5.1.3 y 6.2.4 de la Norma Oficial Mexicana NOM010-TUR-2001.
SEXTA.- Todo paquete de viaje contratado por EL CLIENTE, séase de manera directa o bien por intermediación de su agencia de viajes minorista, fungiendo esta última como intermediaria, deberá ser liquidado en su totalidad con un máximo de veinte días anteriores a la fecha de salida o bien, del inicio de cualquiera de los servicios que integran el paquete de viaje contratado, respetando en todo momento fechas, tiempos, formas y montos, Todo paquete de servicios contratado deberá ser pagado al cien por ciento previo al inicio de los mismos.
SÉPTIMA. - No existe de ninguna manera línea de crédito o de cualquier tipo para la adquisición de servicios turísticos o de cualquier paquete de viaje por lo que es responsabilidad absoluta de EL CLIENTE por cuenta propia o bien a través de la intermediación de Agencia Minorista de Viajes, cumplir con todos los pagos establecidos en cuanto a fechas, tiempos, formas y montos para el mínimo de anticipo por pasajero, anticipos parciales y la liquidación total del paquete de viaje contratado. Todo paquete de servicios contratado deberá ser pagado al cien por ciento previo al inicio de los mismos.
OCTAVA. - No existe línea de crédito alguna o de cualquier tipo para hacer uso, goce o disfrute, séase de manera parcial o total de cualquier tipo de servicio turístico o paquete de viaje y ser pagados de manera fraccionada o parcial durante el desarrollo de los mismos, aún incluso al término de los mismos. De conformidad a la cláusula inmediata anterior, todo paquete de servicios contratado deberá ser pagado al cien por ciento previo al inicio de los mismos.
NOVENA. - Los pagos y anticipos realizados anteriores a la fecha de salida que no cubran el cien por ciento del precio final de los servicios contratados, no generan de ninguna manera derecho alguno por parte de EL CLIENTE de recibir de manera parcial o proporcional a los pagos cualquier servicio de los que integren el paquete de viaje en el perfecto entendido que se contrata un grupo de servicios integrados que conforman el paquete en su totalidad.
DÉCIMA. - LA OPERADORA se compromete y obliga a solicitar los servicios que se especifican en este contrato y de acuerdo a la disponibilidad de los mismos a contratarlos por cuenta de EL CLIENTE, fungiendo como intermediario entre éste y las personas físicas o morales encargadas de proporcionarlos directamente como transportistas aéreos, transportistas terrestres, transportistas marítimos, hoteles, cruceros, restaurantes, arrendadoras de automóviles, guías de turistas etc. El precio del servicio será el que se especifica en este contrato o bien en la cotización respectiva y aprobada por EL CLIENTE.
DÉCIMA PRIMERA. - EL CLIENTE acepta que la intervención de LA OPERADORA sea única y exclusivamente con carácter de intermediaria entre los prestadores directos de los servicios solicitados y señalados en este contrato o bien en la cotización respectiva.
DÉCIMA SEGUNDA.- En mérito de lo anterior, ambas partes convienen en que si por causas ajenas a LA OPERADORA, de fuerza mayor o casos fortuitos, sólo enunciativos y sin ser limitativos como lo son: huelgas, bloqueos en las vías generales de comunicación, atrasos de cualquier índole o naturaleza que no le sean imputables a LA OPERADORA, desperfectos técnicos, físicos o mecánicos, conflictos bélicos o sociales, eventos naturales como sismos, terremotos, lluvia, inundaciones, condiciones que limiten la visibilidad como tormentas, nieve, niebla, humo, cenizas etc. así como cualquier otra condición que por su naturaleza genere retrasos en la prestación de los servicios contratados y que no pudieran ser proporcionados puntual, parcial o totalmente, LA OPERADORA solo gestionará por cuenta de EL CLIENTE el reembolso del importe que en su caso fuera procedente, quedando relevada de cualquier responsabilidad de pago, compensación, sustitución, reembolso o compromiso mayor dada la naturaleza y origen de los mismos.
DÉCIMA TERCERA.- EL CLIENTE se compromete a adherirse, apegarse y a respetar los reglamentos y condiciones de servicio establecidas por cada uno de los prestadores de servicios contratados por intermediación de LA OPERADORA, enunciativamente y no de forma limitada como lo son; servicios aéreos, terrestres o marítimos, hoteles, visitas, guías, tickets o boletos de entrada a eventos de carácter públicos o privados, sociales, deportivos, musicales, culturales, etc. autos de alquiler, restaurantes, cruceros, por lo que LA OPERADORA debe hacer del conocimiento de EL CLIENTE las que sean más importantes y en consecuencia declina cualquier responsabilidad que pudiera derivar por su incumplimiento.
DÉCIMA CUARTA.- EL CLIENTE reconoce y acepta su total obligación y responsabilidad de proporcionar datos veraces y correctos sobre las edades, sexo, nombres o apellidos de los usuarios-turistas, así como de los datos e información completa para la formación del itinerario y la reservación de servicios, enunciativamente y sin ser limitativos como lo son: servicios aéreos, terrestres y marítimos, hoteles, visitas, guías, tickets o boletos de entrada a eventos sociales, deportivos, musicales, culturales, etc. autos de alquiler, restaurantes, cruceros, relevando a LA OPERADORA de cualquier responsabilidad por cambios de itinerario generados por datos mal proporcionados a LA OPERADORA, o por cualquier error en datos proporcionados por EL CLIENTE apegándose en su caso a las cláusulas de contratación y cancelación para cualquier clase de servicios, terrestres, marítimos, aéreos, de cruceros, espectáculos públicos o privados, expresadas en este contrato de adhesión. Del mismo modo, EL CLIENTE se apega a las condiciones de contratación y cancelación de los mismos proveedores finales de estos servicios.
DÉCIMA QUINTA.- EL CLIENTE reconoce y acepta su total obligación y responsabilidad de proporcionar datos completos, veraces y correctos de los usuarios-turistas para la reservación, emisión o compra de tickets o boletos aéreos, en rutas tanto nacionales, internacionales y domésticas en el extranjero, datos necesarios e indispensables como puede ser enunciativamente y sin ser limitativos: edades, sexo, nombres, apellidos, fechas de salida y regreso, rutas, líneas aéreas, horarios, clases, categorías, etc. apegándose en su caso a las cláusulas de contratación y cancelación para cualquier clase de servicios aéreos expresados en este contrato de adhesión. Del mismo modo, EL CLIENTE se apega a las condiciones de contratación y cancelación de los mismos proveedores finales de estos servicios aéreos.
DÉCIMA SEXTA.- Ambas partes convienen en que LA OPERADORA queda relevada de cualquier tipo de responsabilidades por daños en sus pertenencias así como en su propia persona tanto físicos como morales, robos, heridas, accidentes, percances, incidentes, o irregularidades que sobrevengan por causas de fuerza mayor o caso fortuito que durante el transcurso o la ejecución de los servicios pudiera ocurrirle a EL CLIENTE por no ser LA OPERADORA la persona o responsable directamente encargada de prestar los servicios que integran el paquete de viaje y por ser solo intermediarias entre estas y EL CLIENTE.
DÉCIMA SÉPTIMA. - EL CLIENTE, usuarios-turistas o pasajeros se comprometen a presentarse en los aeropuertos y documentarse ante las aerolíneas con cuatro horas de anticipación en cualquier tipo de vuelo séase nacional, internacional o doméstico en el extranjero, salvo la instrucción expresa y por escrito que reciba de LA OPERDORA. Lo anterior con la finalidad, entre otras, de que el usuario-turista cuente con el tiempo suficiente para: tomar turno y documentar personalmente en mostrador, cumplir con los protocolos de seguridad establecidos por los aeropuertos y líneas aéreas, llevar a cabo revisiones personales de pasajeros, equipaje, documentación de identidad personal y de viaje o cualquier otro trámite relacionado con el proceso de documentación y abordaje establecido por los aeropuertos y proveedores de servicio aéreo. Así mismo es responsabilidad del usuario-turista presentarse con puntualidad y debida anticipación en la puerta de embarque correspondiente para llevar a cabo el proceso de abordaje. La presente cláusula aplica invariablemente en el caso de la documentación previa de vuelo del pasajero por medios electrónicos conocidos como Web Check-in, Mobile Check-in o cualquier otro medio electrónico que proporcione al usuario-turista el pase de abordar para su servicio aéreo.
DÉCIMA OCTAVA. - EL CLIENTE deberá por medio propios y con sobrada anticipación proveerse de los pasaportes o documentos de migración requeridos por las autoridades de los Estados Unidos Mexicanos, y de los países de destino o de transito incluidos en su itinerario de viaje o bien de su paquete de servicios contratados, tales como identificaciones oficiales, visas, vacunas, permisos sanitarios, etc. tanto para viajes nacionales, internacionales o domésticos en el extranjero. EL CLIENTE deberá cumplir con una vigencia mínima en su pasaporte de al menos siete meses al momento de iniciar los servicios que incluyen EL PAQUETE.
DÉCIMA NOVENA. - De ninguna manera se considerará causa justificada de cancelación para solicitar devolución, sustitución, compensación o reembolso alguno de manera parcial o total por el incumplimiento por parte de EL CLIENTE de los trámites y documentos necesarios para viajar de manera interna o fuera del territorio de los Estados Unidos Mexicanos, así como para poder ingresar a los países de tránsito o destino final incluidos en su itinerario de viaje.
VIGÉSIMA.- En el caso de menores de edad que viajan en compañía de ambos padres, de alguno de sus padres al menos, en compañía de un familiar adulto, en compañía de un familiar menor de edad, en compañía de un adulto sin vínculo familiar, incluso si el menor viaja solo, es responsabilidad absoluta de EL CLIENTE proveerse por medio propios y con sobrada anticipación para sí, para los menores de edad y para las personas bajo tutela jurídica, de los pasaportes o documentos de migración requeridos por las autoridades de los Estados Unidos Mexicanos, y de los países de destino o de transito incluidos en su itinerario de viaje o bien de su paquete de servicios contratados, tales como documentos notariados, identificaciones oficiales, visas, vacunas, permisos sanitarios, autorizaciones judiciales, así como de todo tipo de trámites y documentos relacionados con la autorización de salida del territorio de los Estados Unidos Mexicanos de niñas, niños, adolescentes o personas bajo tutela jurídica contemplados por el Instituto Nacional de Migración, la Secretaría de Gobernación, Autoridades Judiciales, Gobiernos Locales y Extranjeros, Entidades y Gobiernos Federales, Estatales, Municipales y en general por las leyes, mandatos, ordenanzas, resoluciones o condenas vigentes en el momento de la contratación de servicios turísticos o de paquetes de viaje y en cualquier tiempo previo a la fecha de salida, incluso en el inicio, desarrollo y término del mismo.
VIGÉSIMA PRIMERA.- De ninguna manera se considerará causa justificada de cancelación para solicitar devolución, sustitución, compensación o reembolso alguno de manera parcial o total por el incumplimiento por parte de EL CLIENTE de los trámites y documentos necesarios para menores de edad, niñas, niños, adolescentes o personas bajo tutela jurídica para viajar de manera interna o su salida del territorio de los Estados Unidos Mexicanos así también para poder ingresar a los países de tránsito o destino final incluidos en su itinerario de viaje.
VIGÉSIMA SEGUNDA. - LA OPERADORA podrá asistir a EL CLIENTE en la tramitación de visas para los países que se visitarán incluidos en su itinerario de viaje siempre y cuando los gobiernos de cada país, a través de sus embajadas y consulados permitan hacer este tipo de trámites a través de terceras personas. El alcance de esta actuación por parte de LA OPERADORA se limita única y exclusivamente a presentar los formularios, comprobantes de pago, o bien realizar directamente el pago de costos, derechos, productos o aprovechamientos en embajada o consulado, presentar fotografías, pasaportes y demás documentación necesaria que formen parte de los requisitos indispensables para realizar dicho trámite de visado. Para todo lo anterior, es responsabilidad absoluta de EL CLIENTE proveer en tiempo y forma la documental requerida para obtener el visado correspondiente por lo que también es de su completa responsabilidad en cuanto a la veracidad y autenticidad de los datos vertidos en los formularios como de los documentos personales que se incluyen. De ser necesario, el gobierno de cada país, en el pleno ejercicio de su soberanía, podrá requerir información adicional a la que se solicita de manera regular o bien, que tengan publicada en sus medios oficiales de difusión impresos o electrónicos. Este apoyo proporcionado por LA OPERADORA, para la presentación de documentales en el trámite de visados, no tendrá ningún tipo de costo que incremente directa o indirectamente el precio final del paquete de viaje contratado, salvo los costos, derechos, productos o aprovechamientos marcados para el trámite correspondiente y por tanto tampoco genera ningún tipo de responsabilidad para LA OPERADORA en la autorización o negación de dichas visas.
VIGÉSIMA TERCERA.- De ninguna manera se considerará causa justificada de cancelación para solicitar devolución, sustitución, compensación o reembolso alguno la negación de visa para ingresar al país donde se desarrollarán y prestarán los servicios de EL PAQUETE o cualquier otro país en tránsito, ocurriendo de igual manera por el incumplimiento de los requisitos sanitarios o bien que por su derecho corresponde a cada gobierno local o extranjero autorizar o no el ingreso a su territorio a cualquier viajero, turista o visitante y por tanto los servicios que integran EL PAQUETE no serán sustituibles, conmutables, compensables o reembolsables ni de manera parcial ni de manera total.
VIGÉSIMA CUARTA.- Es una decisión soberana la de cada país el aceptar el internamiento de extranjeros en sus propios territorios por lo que las condiciones, requisitos o exigencias, entrevistas, trámites y verificaciones para dicho efecto es facultad legítima de sus gobiernos, por tanto y de lo anterior LA OPERADORA queda relevada de cualquier tipo de responsabilidad tanto física, económica o moral por el ejercicio del derecho que se atribuye el gobierno de cada país al permitir o no el internamiento de extranjeros en su territorio aún incluso si dicho internamiento tuviera únicamente el efecto de tránsito para llegar al país de destino final.
VIGÉSIMA QUINTA. - La negación del país de destino o en tránsito para internarse en su territorio, releva a LA OPERADORA de cualquier tipo de responsabilidad en compensaciones económicas o en especie, sustitución de servicios o paquetes de viaje y en la devolución total o parcial del precio pagado por EL CLIENTE del paquete de servicios contratados en el perfecto entendido que las causas expresadas para esta cláusula son totalmente ajenas a
LA OPERADORA.
VIGÉSIMA SEXTA.- LA OPERADORA sólo gestionará por cuenta de EL CLIENTE la solicitud de reembolso del importe que pudiera en su caso proceder, sin ser necesariamente obligada a devolución o reembolso alguno al ser negado el internamiento del usuario-turista al territorio del país en tránsito o de destino final, quedando relevada de cualquier de responsabilidad, pago, compensación, reembolso, sustitución de servicios o cualquier otro tipo de compromiso mayor, de manera parcial o total, sujetándose EL CLIENTE en todo momento a las cláusulas de contratación y cancelación expresadas en el presente contrato de adhesión, así también de las condiciones de contratación y cancelación de los proveedores finales de los servicios que se contratan por intermediación a petición de EL CLIENTE. Dada la situación y de ser así el deseo de EL CLIENTE, solicitará por escrito la cancelación del paquete de viaje contratado sujetándose en todo momento a las cláusulas de cancelación expresadas en este mismo contrato.
VIGÉSIMA SÉPTIMA. - LA OPERADORA se reserva el derecho de contratar por cuenta de EL CLIENTE, los servicios a que se refiere este contrato precisamente en las calidades y/o categorías contratadas, en cuanto a transportistas aéreos y terrestres, hoteles, arrendadoras de autos o cualquier otro servicio que forme parte del paquete de viaje contratado. Independientemente del prestador último de los servicios, incluso de aquellos expresamente señalados y se convenga que estos serán prestados invariablemente por un proveedor determinado, en el caso de modificación del prestador directo del servicio, este será proporcionado por otro en cantidad y calidad equivalente, siempre con la anuencia de El CLIENTE. La anuencia, consentimiento, autorización o aprobación por parte de EL CLIENTE queda debidamente perfeccionada en el momento mismo en que se hacen uso de cada uno de los servicios objeto del cambio o modificación, por lo que de ninguna manera quedará sujeto dicho cambio o modificación a compensación o reembolso alguno tanto de manera parcial o total.
VIGÉSIMA OCTAVA. - LA OPERADORA se reserva el derecho de modificar el orden de los servicios indicados en el presente contrato, para un mejor desarrollo de los mismos o por las causas que así lo justifican, siempre y cuando respete la cantidad y calidad de los servicios contratados, siempre con la anuencia de El CLIENTE, sea cual fuese la causa misma que deberá ser comprobada. La anuencia, consentimiento, autorización o aprobación por parte de EL CLIENTE queda debidamente perfeccionada en el momento mismo en que se hacen uso de cada uno de los servicios sujetos a cambio o modificación, por lo que de ninguna manera quedará sujeto dicho cambio o modificación del orden de los servicios que se prestan a compensación o reembolso alguno tanto de manera parcial o total.
VIGÉSIMA NOVENA. - Cuando LA OPERADORA cancele un viaje o excursión de cualquier naturaleza por causas imputables exclusivamente a ella y ajenas a EL CLIENTE, estará obligada a reembolsarle la totalidad de los anticipos o pagos que aquél haya efectuado más la pena correspondiente según sea el caso, lo anterior de conformidad a la Cláusula Cuarta del presente contrato.
TRIGÉSIMA. - Si la responsabilidad o causa de la cancelación recae en los prestadores directos de los servicios, LA OPERADORA deberá auxiliar al EL CLIENTE, de ser el caso, a obtener su traslado de regreso y coadyuvar para reclamar al prestador directo del servicio, los reembolsos y las indemnizaciones que correspondan conforme a la ley, mediando únicamente en la tramitación de tales reembolsos e indemnizaciones. En el caso de que el prestador final de los servicios demuestre la responsabilidad de LA OPERADORA, ésta debe realizar los pagos al usuario-turista que correspondan conforme a la ley. LA OPERADORA queda obligada a demostrar que se remitieron los fondos correspondientes y EL CLIENTE queda obligado a demostrar que se entregaron a LA OPERADORA.
TRIGÉSIMA PRIMERA. - El anticipo mínimo por pasajero obra con el fin de solicitar y tramitar formalmente tanto para los destinos nacionales como internacionales, los servicios que integran el paquete de viaje contratado por EL CLIENTE no considerándose plaza, lugar o servicio alguno confirmado o comprometido en firme mientras no efectúe y entregue LA OPERADORA a EL CLIENTE la confirmación por escrito de los servicios solicitados. La operación de pago deberá ser perfectamente identificable mediante depósito bancario comprobable o cargo a tarjeta de crédito, ambos a través de los medios tradicionales de pago o bien a través de medios electrónicos comprobables.
TRIGÉSIMA SEGUNDA.- Una vez que LA OPERADORA recibe por parte de EL CLIENTE el anticipo mínimo, los anticipos parciales o bien la liquidación total de los servicios contratados, LA OPERADORA cuenta con la autorización inmediata de EL CLIENTEpara reservar toda clase de servicios terrestres o marítimos, así también para reservar, emitir, expedir o adquirir los boletos aéreos a su nombre, apegándose y aceptando las políticas de cancelación, expedición, emisión y venta de boletos de las compañías aéreas nacionales e internacionales, las políticas de cancelación, expedición, emisión y venta de boletos aéreos de empresas intermediarias con este objeto, las políticas de cancelación, expedición, emisión y venta de boletos aéreos de IATA International y a las cláusulas de cancelación expresadas en este contrato. EL CLIENTE tiene conocimiento pleno y absoluto de que cualquier boleto aéreo ya adquirido, expedido o emitido por LA OPERADORA no es reembolsable en parte así tampoco en la totalidad de su costo bajo ningún caso o circunstancia.
TRIGÉSIMA TERCERA.- Una vez expedido los boletos aéreos a favor del pasajero, usuario turista o de EL CLIENTE, LA OPERADORA no se responsabiliza por ningún cambio de itinerario o por cualquier cambio o error en datos proporcionados por EL CLIENTE para la emisión de boletos aéreos como puede ser el caso de nombres, apellidos, edades, sexo, fechas, rutas, líneas aéreas, clases, categorías, etc. ocurriendo lo mismo para el caso de las reservaciones terrestres y de servicios marítimos o de cruceros cuando fuere el caso. En el caso de que las correcciones y ajustes necesarios impliquen costos adicionales, EL CLIENTE asumirá dichos costos.
TRIGÉSIMA CUARTA. - Los anticipos mínimos por pasajero, pagos parciales y pagos totales de los servicios contratados en el paquete de viaje, se regirán por las condiciones siguientes:
1. Si se contrata con 51 días (cincuenta y un días) o más de anticipación a la fecha de salida:
1.1. Anticipo mínimo por pasajero de USD 500 (Quinientos Dólares Americanos)
1.2. Un segundo anticipo por pasajero de USD 1,000 (Un Mil Dólares Americanos) debiendo ser pagados en firme hasta con 50 días (cincuenta días) anteriores a la fecha de salida.
1.3. El pago total de los servicios contratados deberá ser pagado en firme hasta con 30 días (treinta días) anteriores a la fecha de salida.
2. Si se contrata entre 50 días (cincuenta días) y 31 días (treinta y un días) de anticipación a la fecha de salida:
2.1. Anticipo mínimo por pasajero de USD 1,500 (Un Mil Quinientos Dólares Americanos)
2.2. El pago total de los servicios contratados deberá ser pagado en firme hasta con 30 días (treinta días) anteriores a la fecha de salida.
3. Si se contrata con 30 días (treinta días) o menos de anticipación a la fecha de salida:
3.1. No aplica anticipo alguno y para tal efecto se requiere el pago total en firme y en una sola exhibición de los servicios cotizados quedando siempre y en todo momento la confirmación de los servicios contratados sujeta a disponibilidad.
TRIGÉSIMA QUINTA. - En caso de no cumplirse los pagos en los tiempos establecidos para anticipos mínimos, anticipos parciales o liquidación total de los servicios contratados, LA OPERADORA procederá a la cancelación total de los servicios contratados con responsabilidad imputable a EL CLIENTE, quedando excluida LA OPERADORA de cualquier tipo de responsabilidades debido al incumplimiento de pago por parte de EL CLIENTE. Los pagos recibidos a la fecha de incumplimiento no serán reembolsables y aplicarán en su totalidad para cubrir los costos operativos y de cancelación de los servicios contratados.
TRIGÉSIMA SEXTA.- En el caso concreto de paquetes de viaje o de los servicios que lo integran, tanto nacionales como internacionales, EL CLIENTE podrá solicitar la cancelación de los servicios contratados haciéndolo saber única y estrictamente por escrito a LA OPERADORA misma que dará contestación en un lapso no mayor a 72 horas de su recepción comprobable y a falta de respuesta se entenderá que la cancelación ha sido aceptada por LA OPERADORA admitiendo EL CLIENTElos cargos de cancelación establecidos a continuación:
a) Si se efectúa hasta con un mínimo de 90 días (noventa días) antes de la fecha de salida, NO aplica cargos de cancelación.
b) Si se efectúa de 89 a 51 días (ochenta y nueve a cincuenta y un días) antes de la fecha de salida, un cargo por cancelación de USD 500 (Quinientos Dólares Americanos USD) por pasajero.
c) Si se efectúa de 50 a 31 días (cincuenta a treinta y un días) antes de la fecha de salida, un cargo por cancelación de USD 1,500 (Un Mil Quinientos Dólares Americanos USD) por pasajero.
d) Si se efectúa dentro de los 30 días (treinta días) anteriores a la fecha de salida, incluso el mismo día de la salida, un cargo por cancelación del 100% (cien por ciento) del costo total de los servicios contratados por pasajero.
e) Cualquier solicitud de cancelación realizada una vez iniciados los servicios contratados y en cualquier momento de su inicio, desarrollo o fin, aplicará un cargo por cancelación del 100% del costo total de los servicios contratados por pasajero.
TRIGÉSIMA SÉPTIMA. - EL CLIENTE podrá solicitar reprogramar su paquete de viaje por primera vez, por la totalidad de los servicios contratados o bien en su conjunto los servicios que integren el paquete de viaje y hasta por una sola ocasión siempre y cuando la reservación se encuentre liquidada al 100% (cien por ciento). De ninguna manera se podrá dar trámite a la reprogramación de un paquete de viaje si no se cumple con el pago total de los servicios contratados previamente.
TRIGÉSIMA OCTAVA.- Todo paquete de viaje que se solicite reprogramar a petición de EL CLIENTE, está sujeto a variaciones que pueden incrementar su precio original debido a penalizaciones por parte de los prestadores finales de los servicios o bien por diferencias tarifarias, entre otras sin ser limitativas: por temporalidad, ocupación, cambio de clase, disponibilidad, etc. siendo de su entera responsabilidad cubrir la totalidad de los costos que incrementen los servicios contratados originalmente. De lo anterior EL CLIENTE al tener pleno conocimiento de ello solicita a su entera conformidad la reprogramación de su paquete contratado en el momento que lo considere necesario.
TRIGÉSIMA NOVENA. - Toda reprogramación estará siempre sujeta a la disponibilidad de espacios aéreos, terrestres y marítimos, así como a las condiciones en que se contratan los servicios. La disponibilidad de servicios aéreos, terrestres y marítimos es una condición que está fuera del alcance y control de LA OPERADORA por lo que dicha disponibilidad, costos, precios, penalizaciones y diferencias tarifarias originadas por la reprogramación de un paquete de viaje a solicitud de EL CLIENTE estarán siempre sujetos a las condiciones de contratación y cancelación de los proveedores finales de los servicios así también de la oferta y demanda del mercado.
CUADRAGÉSIMA. - EL CLIENTE estará en posibilidad de reprogramar por primera vez y hasta por una sola ocasión un paquete de viaje contratado hasta 20 días (veinte días) antes de la fecha de salida original, independientemente de las causas que se argumenten, previa liquidación total del paquete contratado así también del pago total de los costos, precios, penalizaciones y diferencias tarifarias que obraran en el momento de solicitar la reprogramación del paquete de viaje.
CUADRAGÉSIMA PRIMERA. - LA OPERADORA estará obligada a presentar a EL CLIENTE dentro de las cuarenta y ocho horas inmediatas a su solicitud, los costos, precios, penalizaciones y diferencias tarifarias que obraran en el momento de reprogramar el paquete de viaje.
CUADRAGÉSIMA SEGUNDA. - Todo CLIENTE que solicite la reprogramación de su viaje, se apegará y aceptará, por así convenir a sus intereses, el pago total de los costos, precios, penalizaciones y diferencias tarifarias que obraran en el momento de reprogramar el paquete de viaje.
CUADRAGÉSIMA TERCERA.- En el caso de que EL CLIENTE no aceptara los costos, precios, penalizaciones y diferencias tarifarias a pagar originadas por la reprogramación por primera vez de su paquete de viaje, incluso que no diera respuesta dentro de las 24 horas inmediatas a la presentación de los costos que originan la reprogramación del paquete de viaje, los servicios contratados originalmente se mantendrán sin modificación alguna siendo responsabilidad absoluta de EL CLIENTE la decisión de hacer uso o no de los servicios contratados mismos que integran el paquete de viaje.
CUADRAGÉSIMA CUARTA. - La presentación de los costos generados por la reprogramación de un paquete de viaje tienen una vigencia de 24 horas. Una vez transcurrido este tiempo sin recibir respuesta en ningún sentido será indispensable recalcular una vez más dichos costos en el caso de que posteriormente EL CLIENTE estuviera interesado en reprogramar su paquete de viaje.
CUADRAGÉSIMA QUINTA.- Solicitudes presentadas por EL CLIENTE para reprogramar un paquete de viaje, dentro de los diez y nueve días previos a la fecha de salida, las veinticuatro horas previas a la salida, en la misma fecha de salida, incluso una vez iniciados cualquiera de los servicios que integran el mismo paquete de viaje, no serán aceptadas por ningún motivo ni tampoco bajo ninguna circunstancia o argumento, por lo que los servicios que integran el paquete de viaje se mantendrán sin modificación alguna. En su caso, se aceptará la cancelación del paquete contratado aplicando las penalizaciones expresadas en este mismo contrato de adhesión o bien, será decisión exclusiva de EL CLIENTE el hacer uso o no de los servicios contratados. Dicha restricción opera dadas las condiciones contractuales, técnicas, humanas y tiempos requeridos para la organización, reservación y programación de los servicios que integran el paquete de viaje contratado originalmente. De lo anterior EL CLIENTE tiene conocimiento y acepta el contenido, aplicación y ejecución de la presente cláusula.
CUADRAGÉSIMA SEXTA.- Una vez reprogramado un paquete de viaje por primera vez, si EL CLIENTE solicitara reprogramar el paquete de viaje por segunda vez y en cualquier momento previo a la nueva fecha de salida, en la misma nueva fecha reprogramada de salida o bien una vez iniciado cualquiera de los servicios que integran el paquete de viaje, independientemente de las causas, excusas o justificaciones que se argumenten, esta solicitud de reprogramar por segunda vez el paquete de viaje no se aceptará. Se informará de la negativa a EL CLIENTE dejando a su decisión solicitar la cancelación del paquete de viaje aplicando para este caso la penalidad del cien por ciento sobre el costo total del paquete contratado. En su caso, será decisión absoluta de EL CLIENTE el hacer uso o no de los servicios ya reprogramados por primera y única vez.
CUADRAGÉSIMA SÉPTIMA. - Todos los cargos de cancelación serán pagados por EL CLIENTE de conformidad con lo establecido en la Cláusula Quinta del presente contrato y podrán ser aplicados directamente por LA OPERADORA al efectuar los reembolsos que en su caso así procedieran.
CUADRAGÉSIMA OCTAVA. - En caso de que los gastos originados por reservaciones solicitadas a nombre de EL CLIENTE sean mayores al cargo por cancelación, la diferencia le será cobrada a EL CLIENTE por LA OPERADORAprevia comprobación de los mismos gastos.
CUADRAGÉSIMA NOVENA. - LA OPERADORA queda relevada de cualquier responsabilidad derivada de convenios adicionales que se hayan celebrado antes, durante y posterior al uso y goce de los servicios contratados entre EL CLIENTE y los prestadores directos de los servicios, como son transportistas aéreos y terrestres, navieras, cruceros, hoteles, arrendadoras de autos, etc. Incluso de cualquier modificación realizada, en especial a los espacios aéreos reservados originalmente, que el cliente pudiera solicitar directa o indirectamente con las compañías aéreas.
QUINCUAGÉSIMA.- Para el caso de que EL CLIENTE contrate los servicios de Innovadora Turística Morelos Travel por cuenta de diversa Agencia Minorista de Viajes, fungiendo esta última como intermediaria, ya sea en el interior de la República Mexicana o en el área Metropolitana de la Ciudad de México, la Agencia Minorista de Viajes intermediaria se adhiere al presente contrato en todas y cada una de sus cláusulas por lo que de manera automática se obliga de hacer saber y comunicar por escrito a sus clientes, pasajeros o usuarios-turistas acerca de las condiciones de contratación y de todas y cada una de las cláusulas contenidas en el presente Contrato de Adhesión. Del mismo modo, la Agencia Minorista de Viajes intermediaria debe hacerle saber a sus clientes, pasajeros o usuarios-turistas que ellos se adhieren y sujetan invariablemente a este mismo contrato de adhesión y a las políticas de reservación y cancelación de los prestadores finales de los servicios.
QUINCUAGÉSIMA PRIMERA. - Para el caso de que EL CLIENTE contrate los servicios de Innovadora Turística Morelos Travel.por cuenta de diversa Agencia Minorista de Viajes, fungiendo esta como intermediaria, ya sea en el interior de la República Mexicana o en el área Metropolitana de la Ciudad de México, Innovadora Turística Morelos Travel. se deslinda de cualquier responsabilidad o problema generado por el incumplimiento de la intermediaria o Agencia Minorista de Viajes y en el mismo sentido por datos mal proporcionados por la intermediaria o Agencia Minorista de Viajes para la reservación de servicios terrestres, aéreos, marítimos, de navieras y cruceros, o bien, por la negligencia en que pudiera incurrir la Agencia Minorista de Viajes al omitir información al cliente, pasajero o usuario-turista sobre los procedimientos de contratación, políticas, condiciones, pago y cancelación de los servicios que se adquieren.
QUINCUAGÉSIMA SEGUNDA. - Los documentos que soportan los servicios integrados en el paquete de viaje, podrán ser entregados a EL CLIENTE de manera electrónica o bien de manera impresa de acuerdo a las condiciones de tiempo y lugar en que se haya desarrollado la adquisición por parte de EL CLIENTE del paquete de viaje.
QUINCUAGÉSIMA TERCERA. - La entrega de documentos (tickets, boletos, cupones, billetes, etc.) se efectuará, previa liquidación total de los servicios, dentro de las 48 horas previas a la salida del pasajero, usuario-turista o EL CLIENTE, en el domicilio de LA OPERADORA, o en su caso en el idéntico domicilio cuando la solicitud de reservación y pago total de los servicios coincidan con la fecha de salida.
QUINCUAGÉSIMA CUARTA.- Las partes contratantes manifiestan que conocen los alcances del presente contrato de adhesión cuyas cláusulas son la expresión fiel de su voluntad y se someten para el caso de incumplimiento o interpretación a la competencia de la PROCURADURIA FEDERAL DEL CONSUMIDOR en la vía administrativa, como instancia conciliatoria, para resolver las diferencias que pudieran suscitarse y en caso de subsistir las mismas, se someterán a la competencia de las Leyes y Tribunales de la Ciudad de México, Distrito Federal, independientemente del fuero que por razón de sus domicilios presentes o futuros pudiera corresponderles.
FUNDAMENTO JURÍDICO
El presente Contrato de Adhesión se elabora con fundamento en los Artículos 15, 85, 86, 86 BIS, 86 TER, 86 QUATER,87, 87 BIS, 87 TER, 88, 89, 90, 90 BIS de la Ley Federal de Protección al Consumidor; Artículo 8º de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos; Apartados 3.6.2.1, 5.1.3, 6.2.4, y demás elementos normativos incluidos en la NORMA Oficial Mexicana NOM-010-TUR-2001 De los requisitos que deben contener los contratos que celebran los prestadores de servicios turísticos con los usuarios-Turistas.
Ciudad de México, a _______ de _________________ del año _______.
POR LA AGENCIA POR EL CLIENTE
Nombre o Razón Social: Innovadora Turística Morelos Travel
Registro Federal de Contribuyentes: MALF 700428 7GA
Domicilio: Sur 71 s/n, Col. Viaducto Piedad, Iztacalco, Ciudad de México, C.P. 08200
Nombre del Usuario – Turista: _____________________________________
Denominación del Paquete: ______________________________________
Destino: ______________________________________________________
Duración: _____________________________________________________
Tipo de Transportación en su caso: ________________________________
Nombre de la Línea Aérea en su caso: ______________________________
Clase de Hospedaje contratado en su caso: __________________________
Guía de turista en su caso (señalar características): ____________________ Lugar de visita en su caso: ________________________________________
Precio del paquete: _____________________________________________
Depósito: $____________________________________________________
Forma de pago: ________________________________________________
Contado: $____________________________________________________ A crédito: $_____________ en ____________pagos parciales de $_______ que se cubrirán en los días _________ del mes _________ de ________.
En caso de que estas cantidades se señalen en moneda extranjera, será al tipo de cambio que indique el Banco de México en la fecha que se realice el pago. Lo anterior de conformidad a la Cláusula Quinta del Contrato de Adhesión.
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